SALA REGIONAL CIUDAD DE MÉXICO MODIFICA RESOLUCIÓN SOBRE DISTRIBUCIÓN DEL FINANCIAMIENTO PÚBLICO A PARTIDOS POLÍTICOS EN TLAXCALA
La Sala Regional Ciudad de México resolvió el Juicio de Revisión Constitucional Electoral SCM-JRC-7/2025 y acumulados, promovido por varios partidos políticos que impugnaron la sentencia del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET). Este juicio se centró en la confirmación por parte del TET de la resolución del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) sobre la distribución del financiamiento público destinado a los partidos políticos en el estado.
En su resolución, el Pleno de la Sala Regional modificó la decisión del TET, determinando que el artículo 88 de la Ley de Partidos Políticos de Tlaxcala, que establece como requisito para acceder al financiamiento bajo el esquema 30-70 contar con representación en el Congreso del Estado, es aplicable tanto a partidos locales registrados como a los partidos nacionales acreditados ante el ITE. Este esquema de distribución de recursos establece que el 30% de los fondos se asignan de manera equitable entre todos los partidos, mientras que el 70% restante se distribuye en función de los votos obtenidos en la última elección.
Además, la Sala confirmó el cálculo del financiamiento público otorgado al partido Movimiento Ciudadano, argumentando que su derecho a recibir dicho financiamiento se originó con la asignación de la curul que inicialmente le correspondió en el Congreso del Estado. En este sentido, la Sala determinó que la renuncia de la persona diputada no afecta la distribución original de los recursos, ya que modificaciones posteriores en la representación legislativa no pueden alterar el derecho previamente adquirido por el partido en cuestión.
Con esta resolución, la Sala Regional refuerza la aplicación del esquema de financiamiento público, garantizando que los recursos se distribuyan de manera justa y conforme a lo dispuesto en la ley, independientemente de cambios posteriores en la composición del Congreso del Estado.
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