SCJN TUMBA CRIMINALIZACIÓN DEL ABORTO EN TLAXCALA; INVALIDA ARTÍCULOS DEL CÓDIGO PENAL Y LEY DE SALUD

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió despenalizar el aborto en Tlaxcala al invalidar los artículos del Código Penal y de la Ley de Salud que castigaban o imponían restricciones a esta práctica. Con mayoría de votos, el Pleno avaló el proyecto presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa dentro de la Acción de Inconstitucionalidad 89/2024.

Con esta determinación, quedaron anulados requisitos considerados violatorios de derechos humanos, como la obligación de contar con autorización del Ministerio Público, presentar una denuncia previa en casos de violación, o el consentimiento de padres para el acceso a anticoncepción de emergencia en menores de edad.

Durante la discusión, la Corte subrayó que dichas disposiciones, aprobadas por el Congreso local en la reforma de 2023, vulneraban derechos fundamentales y sostenían un marco legal que ya había sido declarado inconstitucional a nivel nacional. Ministras y ministros coincidieron en que esta legislación ponía en riesgo la vida, la salud y la dignidad de las mujeres y personas gestantes.

“Al liberar el acceso al aborto legal, salvamos vidas”, expresó el ministro Giovanni Figueroa, al advertir que las restricciones impulsaban prácticas clandestinas que incrementaban los riesgos médicos.

El fallo también impacta la regulación de la objeción de conciencia incluida en la Ley de Salud. Con esta resolución, Tlaxcala se suma formalmente a las entidades del país donde el aborto queda despenalizado por mandato judicial, a pesar de la defensa que realizó el Congreso del Estado y la postura de la gobernadora Lorena Cuéllar, quien sostuvo que solo promulgó lo aprobado por el Poder Legislativo.

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