GOLPE DE LA SCJN A LA LEY DE SEGURIDAD DE TLAXCALA: ELIMINA BASE ESTATAL DE DATOS

El máximo tribunal consideró que Tlaxcala invadió facultades del Congreso de la Unión al establecer un registro estatal sobre personas imputadas, acusadas o sentenciadas.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el artículo 221 de la Ley de Seguridad Pública y Ciudadana del Estado de Tlaxcala, con lo que quedó sin efectos la disposición que contemplaba la creación de una base estatal de datos sobre personas imputadas, acusadas o sentenciadas.

El registro debía ser de consulta obligatoria para las actividades de seguridad ciudadana e incluir información relacionada con las características criminales, medios de identificación, recursos y modos de operación de las personas registradas.

La legislación establecía que esta base sería actualizada permanentemente y se integraría con información proporcionada por autoridades encargadas de la prevención del delito, procuración y administración de justicia, reinserción social y otras instituciones vinculadas con la seguridad ciudadana.

Sin embargo, la SCJN determinó que la creación y regulación de este tipo de mecanismos correspondía a una materia cuya legislación es facultad exclusiva del Congreso de la Unión, por lo que el estado de Tlaxcala no podía establecerla en los términos previstos.

TAMBIÉN QUEDA LIMITADA UNA FUNCIÓN DEL CENTRO ESTATAL DE INFORMACIÓN

La resolución también dejó parcialmente sin efectos una de las funciones que la legislación asignaba al Centro Estatal de Información.

El ordenamiento contemplaba que esta instancia concentrara información individual y estadística relacionada con conductas antisociales, investigaciones, detenciones en flagrancia y casos urgentes, órdenes de detención o aprehensión, sentencias, ejecución de penas y datos sobre reincidencia.

La determinación de la Corte forma parte de una resolución más amplia mediante la cual fueron invalidadas siete fracciones de otros cuatro artículos de la Ley de Seguridad Pública y Ciudadana de Tlaxcala.

El máximo tribunal señaló que las disposiciones publicadas en febrero de 2024 no solamente invadían atribuciones reservadas al Congreso de la Unión, sino que también afectaban derechos fundamentales de personas que pertenecen o buscan incorporarse a las instituciones de seguridad.

Entre los cambios derivados de la resolución también se encuentran modificaciones a los requisitos para ocupar cargos dentro de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, el Sistema Estatal de Seguridad y distintas áreas de las instituciones de seguridad estatal y municipal.

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