BAJO LA LUPA, EL NUEVO SECRETARIO ANTICORRUPCIÓN DE TLAXCALA: CUESTIONAN SUS DECLARACIONES PATRIMONIALES
Arturo de Casa Vega asumió la titularidad del SAET en medio de señalamientos sobre una propiedad heredada y el requisito de no tener vínculos partidistas recientes.
La llegada de Arturo de Casa Vega a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Anticorrupción del Estado de Tlaxcala (SAET) abrió interrogantes sobre la documentación patrimonial presentada durante su carrera pública y el cumplimiento de las condiciones legales para ocupar la nueva responsabilidad.
Los cuestionamientos se centran en dos apartados del artículo 35 de la ley que rige al organismo: la presentación de las declaraciones de intereses, patrimonial y fiscal, así como la restricción de haber pertenecido o estado adherido a un partido político durante los dos años anteriores a la convocatoria.
En el historial de De Casa Vega aparecen seis declaraciones patrimoniales relacionadas con sus pasos por la Secretaría de Desarrollo Económico, el extinto IAIP y la Secretaría del Medio Ambiente. No obstante, se reporta que la declaración de conclusión correspondiente al instituto de transparencia no está disponible para consulta y que algunos datos no coincidirían entre los documentos presentados.
Uno de los aspectos que llama la atención es un terreno de mil 356 metros cuadrados, que habría recibido por herencia familiar en febrero de 2021. Según los señalamientos, esa propiedad fue reportada públicamente hasta septiembre de 2025, pese a que el funcionario ya había ocupado cargos públicos antes de esa fecha.
La información también cuestiona que en declaraciones anteriores no aparecieran bienes muebles o inmuebles. Para determinar si hubo omisiones o inconsistencias, sería necesario revisar los documentos completos, los periodos que comprende cada declaración y las obligaciones aplicables en cada caso.
En el ámbito político, se han señalado expresiones de De Casa Vega favorables a personajes relacionados con Morena. Sin embargo, manifestar apoyo público no equivale necesariamente a estar afiliado a un partido, por lo que cualquier posible incumplimiento del requisito legal tendría que sustentarse con elementos verificables.
El nombramiento fue aprobado por el órgano de gobierno de la Secretaría Ejecutiva del SAET. La atención ahora se centra en esclarecer si la documentación del nuevo titular cumple con las exigencias legales y si existen elementos suficientes para respaldar los señalamientos.
Por la naturaleza de la institución, la transparencia sobre el proceso de designación y la disponibilidad de las declaraciones correspondientes resultan fundamentales para despejar dudas sobre la legalidad del nombramiento.



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